TE HAS PREGUNTADO ALGUNA VEZ, QUIEN NO PUEDE SER PRESIDENTE DE UNA COMUNIDAD ?

Pues vamos a intentar aclararlo, la ley de propiedad horizontal nos dice que el presidente de una comunidad se debe elegir entre todos los propietarios por turnos rotatorios o sorteo, es decir que un inquilino no podra ser presidente de una comunidad y tampoco podra ser presidente una tercera persona delegada por un propietario.

A esto hay que añadir que si a un propietario le toca ser presidente de la comunidad y es una persona muy mayor, o es una persona enferma podran ser excluidos de ser presidente, pero esta cuestion es mas bien moral y de sentido comun entre todos los propietarios.

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